Los créditos siempre presentan un costo extra denominado CFT (Costo Financiero Total), este costo varía según la entidad financiera y la Tasa Nominal Anual (TNA).
Al tomar un crédito uno de los factores que primero se debe observar es el CFT, éste es un valor que nada tiene que ver con los intereses y comprende la tasa de interés nominal anual y otros costos relativos a servicios indirectos que implica la operación como pueden ser gastos administrativos, de seguro, de otorgamiento y evaluación del crédito, etc.
Cuando se evalúa un crédito el mejor índice del costo global que el cliente puede tener es el CFT; aún si el interés básico de una oferta crediticia es bajo, su costo financiero total puede variar groseramente a comparación de una oferta que presente un interés básico mayor simplemente porque los costos de CFT son distintos entre las dos entidades comparadas.
De cualquier modo, al evaluar los CFT de un crédito, también hay que contemplar los plazos y las agendas de pago, ya que pagar los costos financieros al principio no es lo mismo que pagarlos al final de la devolución de un préstamo. Cada entidad financiera tiene distintos modos de programar los pagos de los CFT, éstos pueden ser cobrados periódicamente, como un monto fijo sobre las cuotas del préstamo, sobre el capital que se debe o sobre el total del crédito otorgado, o bien puede ser cobrado por una única vez.
Desde el Banco Central de la República Argentina (BCRA) se establece que el CFT debe incluir los siguientes componentes:
1 La Tasa de interés nominal anual que determinará la cuota pura.
2 Los gastos de evaluación del cliente por parte del banco.
3 Los gastos de evaluación n de quienes solicitan la financiación.
4 Los gastos por seguros.
5 Los gastos por apertura y mantenimiento de las cuentas y otros afines.
6 Reparticiones por gastos de envíos de notificaciones.
Además, el BCRA, obliga a los entes que brinden este tipo de servicio a incluir en las publicidades los valores del CFT, el que debe tener el mismo espacio y duración dentro de la misma que los asignados a la aclaración de la TNA. Otra norma impuesta por el Banco Central es que los bancos deben publicar en pizarras los valores correspondientes a la TNA y a los Costos Financieros Totales de sus préstamos.